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Miércoles 5 de octubre de 2005

Ministro Ravinet expuso proyecto de ley de reorganización del Ministerio de Defensa en la Cámara de Diputados

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Imagen foto_00000001El Ministro de Defensa Nacional, Jaime Ravinet, expuso esta tarde el proyecto de ley que reorganiza la Secretaría de Estado a su cargo ante la comisión de Defensa de la Cámara de Diputados. Ravinet, quien asistió a la instancia legislativa junto a los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas, afirmó que la iniciativa se propone institucionalizar las buenas prácticas desarrolladas en los últimos años, poniendo énfasis en la visión conjunta y consolidando al Ministerio de Defensa Nacional como un sector donde se desarrollan políticas de Estado suprapartidistas, basadas en un amplio consenso.

La iniciativa fortalece la autoridad presidencial y ministerial. Termina con la actual organización de una subsecretaría por cada institución de las Fuerzas Armadas y de Orden. En su reemplazo, se crean la Subsecretaría de Defensa y la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas. En disposiciones transitorias, se mantienen las subsecretarías de Carabineros e Investigaciones hasta que entre en vigencia la futura ley que creará el Ministerio de Seguridad Pública, de acuerdo a las reformas constitucionales recientemente promulgadas que trasladan la dependencia de ambas policías.
De acuerdo al texto del mensaje presidencial que acompaña al proyecto de ley, la nueva Subsecretaría de Defensa será el órgano de colaboración inmediata del Ministro, con las funciones de "proponer y evaluar la política de defensa, la política militar y la planificación primaria de la Defensa Nacional; proponer y evaluar las políticas que integren y aprovechen los recursos del sector defensa en beneficio del desarrollo nacional; proponer y evaluar la política de adquisiciones de material de guerra y evaluar los proyectos de adquisiciones e inversión; y proponer y coordinar la agenda de asuntos internacionales de la defensa".

Imagen foto_00000002La Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, en cambio, se hará cargo de "aquellas materias que dicen relación con la gestión de los asuntos y procesos administrativos que las Fuerzas Armadas requieran para el cumplimiento de sus fines y que sea competencia del Ministerio realizar. Se le atribuyen las siguientes funciones generales: realizar la tramitación de los asuntos de naturaleza administrativa y el manejo de la documentación administrativa provenientes de las Fuerzas Armadas o que dependan o se relacionen con el Ministerio por medio de la Subsecretaría; elaborar los decretos, resoluciones, órdenes ministeriales y oficios relativos a nombramientos, ascensos, retiros, renuncias, destinaciones, comisiones de servicio al extranjero y, en general, todos aquellos actos administrativos orientados a la resolución sobre solicitudes y beneficios al personal de las Fuerzas Armadas, en servicio activo y en retiro".

El actual Estado Mayor de la Defensa Nacional se reemplaza por el Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional, el cual será "el organismo de trabajo y asesoría permanente del Ministro de Defensa Nacional en aquellas materias que tengan relación con la preparación y empleo conjunto de las Fuerzas Armadas. La creación de este organismo, a partir del Estado Mayor de la Defensa Nacional, es una manifestación del énfasis en lo conjunto que se pretende imprimir a la organización de la defensa nacional".

El Estado Mayor Conjunto tendrá como titular a un oficial general de las Fuerzas Armadas con el grado de General de División (Ejército), Vicealmirante (Armada) o General de Aviación (Fuerza Aérea). Bajo a esta autoridad, habrá dos subjeturas a cargo de oficiales generales con los grados de General de Brigada (Ejército), Contraalmirante (Armada) o General de Brigada Aérea (Fuerza Aérea). El proyecto establece que en estos tres cargos deberán desempeñarse oficiales de cada una de las tres ramas de las Fuerzas Armadas; es decir, el Jefe y los Sub Jefes del Estado Mayor Conjunto deberán pertenecer a distintas instituciones.

El proyecto de reorganización del Ministerio de Defensa Nacional crea la figura de conductor estratégico para asumir el mando de las operaciones en caso de guerra externa o de casos graves de daño o peligro para la seguridad nacional por causas de origen externo. El conductor estratégico será designado por el Presidente de la República de entre los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas.