Lunes 13 de julio de 2015
Armada de Chile abordó a flota de Pesqueros Chinos detectados en la Zona Económica Exclusiva para fiscalizar eventual pesca ilegal en nuestro país
La fiscalización se efectuó a 170 millas al Weste de Coronel, Región del Bío Bío, por parte del Grupo de Respuesta Inmediata (GRI) de la Armada con apoyo de un Patrullero Oceánico, aviones y helicópteros, descartando la ocurrencia de pesca ilegal, tras no encontrarse evidencias
La Armada detectó la presencia de una flota de pesqueros de bandera China, que se encuentran en tránsito, al interior de nuestra Zona Económica Exclusiva (Z.E.E) en dirección a sectores de pesca del Calamar Gigante, quienes se presumía estaban buscando recursos hidrobiológicos a la altura de Coronel, Octava Región.
La alerta surgió tras la denuncia de pesqueros nacionales el pasado lunes, los que evidenciaron la navegación de éstos, dentro de las 200 millas específicamente en la Zona Económica Exclusiva Nacional, en una zona donde el Jurel es muy abundante.
Producto de esta denuncia se coordinó un sobrevuelo conjunto entre la Armada de Chile con apoyo de personal del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, (SERNAPESCA) quienes al avistar las embarcaciones detectaron maniobras que podrían haber constituido actividades de pesca en ZEE.
A raíz de lo anterior, la Armada de Chile activó un operativo de fiscalización del OPV Piloto Pardo, con el Grupo de Respuesta Inmediata, G.R.I,. Grupo especializado en este tipo de operaciones de Registro y Abordaje; quienes efectuaron la inspección a bordo de los pesqueros de nacionalidad china.
Además del OPV “Piloto Pardo”, participó en el operativo un Avión de Exploración Aeromarítima y un Helicóptero Dauphin.
Tras esta exhaustiva fiscalización, se descartó estar en presencia de un caso de pesca ilegal, al no encontrarse evidencias en el pesquero abordado, quedando en libertad de acción las embarcaciones extranjeras.
Ley de Pesca
El operativo se desarrolló ante la posible transgresión del artículo 115 de la ley de pesca nacional, la cual determina: “Prohíbanse las faenas de pesca extractiva en aguas interiores, mar territorial o zona económica exclusiva por naves o embarcaciones que enarbolen pabellón extranjero, salvo que estén especialmente autorizadas para realizar pesca de investigación”.
Tras comprobarse que los pesqueros no se encontraban realizando pesca ilegal, quedaron en libertad de acción, pudiendo continuar adelante con su navegación y libre tránsito.